AYUDA AL ESTABLECIMIENTO DE PERSONAS DESEMPLEADAS COMO TRABAJADORAS AUTÓNOMAS 2016
Con fecha 20 de julio de 2016, se publica en el DOE la convocatoria de subvenciones dirigidas al fomento y consolidación del trabajo autónomo en Extremadura, mediante la constitución en personas trabajadoras por cuenta propia o autónoma reguladas en el Decreto 90/2016, de 28 de junio, a través de los siguientes programas:
— Programa I: Ayuda al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras
autónomas.
— Programa II: Ayudas a la persona autónoma que propicie la inserción laboral de un
familiar colaborador.
La vigencia se inicia desde el 20 de julio de 2016 y finaliza el 31 de mayo de 2017.
Cuantía:
a) De 8.000 euros: Mujeres.
b) De 7.500 euros
- Desempleados con diversidad funcional.
- Jóvenes menores de 30 años.
- Desempleados de 52 o más años.
- Desempleados con domicilio de actividad en municipios de menos de 5.000 habitantes,de acuerdo con las últimas cifras oficiales de población resultante de la revisión del padrón municipal a 1 de enero, difundido por el Instituto Nacional de Estadística.
- Desempleados extremeños que hayan retornado de la emigración a la Comunidad Autónoma de Extremadura en los cuatro años anteriores a la fecha de alta en RETA.
- Desempleados que hayan finalizado en los últimos doce meses anteriores a la incorporación como persona trabajadora autónoma en alguno de los programas subvencionados y financiados por el SEXPE: Programas de Empleo Publico, Prácticas no laborales de los Programas de Formación en Alternancia para el Empleo y Programas de ayudas de contratación temporal.
- Desempleados que hayan finalizado en los últimos doce meses anteriores a la incorporación como trabajador autónomo en Proyectos innovadores y fomento del empleo en el ámbito local.
- Parados de larga duración.
c) De 5.000 euros para trabajadores desempleados que no se encuentren encuadradas en los apartados anteriores.
d) El importe de las ayudas anteriores se incrementará en la cantidad de 1000 € cuando se solicite la ayuda por algunas de las actividades relacionadas a continuación, siempre y cuando se corresponda con algunos de los epígrafes relacionados en el Anexo y que deberá mantenerlo durante el cumplimiento de la obligación:
• Nuevas tecnologías.
• Energías renovables.
• Medio ambiente.
• Atención a la dependencia.
• Industria Agroalimentaria.
• Reformas y rehabilitación de edificaciones.
• Turismo.
• Pequeño Comercio.
Para más información de la ayuda y la tutorización de Planes de Empresa:
- Agente de Empleo y Desarrollo Local
aedltierradebarros@gmail.com
Lunes y Jueves de 9:00 a 14:00 h.